En la actualidad, hay más de 2 millones de jóvenes desempleados sin
ninguna cualificación para trabajar. Si se hace una traslación de un
conocido refrán chino, sería algo así como: "Si quieres resolver el
problema de un desempleado por un año, dale un subsidio; si quieres
resolvérselo de por vida, enséñale una ocupación".
Las
modificaciones legales, que se están llevando a cabo en los últimos
meses, suponen la puesta en valor de la Formación Profesional para el
Empleo, adaptando las titulaciones de los Certificados de Profesionalidad para convertirlos en un modelo de formación dual, a través de los contratos de formación y aprendizaje.
Una oportunidad de cambiar el perfil de la cualificación de la mano
de obra en nuestro país de forma rápida es, sin duda, a través de los
Certificados de Profesionalidad. A continuación presentamos un decálogo
de las preguntas y respuestas más importantes.
1. Regulación de los Certificados de Profesionalidad. Su
regulación inicial está en el Real Decreto 797/1995, de 19 de Mayo, por
el que se establece directrices sobre los Certificados de
Profesionalidad y los correspondientes contenidos mínimos de la
formación ocupacional. El Real Decreto 189/2013, de 15 de marzo, por el
que se modifica la regulación de los Certificados de Profesionalidad,
concede un papel relevante a la modalidad eLearning, que va a
suponer un importante impulso, al eliminar una de las grandes trabas
para su desarrollo, tener que realizar una formación de larga duración
en modalidad presencial. A partir de ahora, unos 250 certificados se van
a poder impartir en modalidad eLearning.
2. El Subsistema de la Formación Profesional para el Empleo.
La Ley Orgánica 5/2002, de 19 de junio, creó el Catálogo Nacional de
Cualificaciones Profesionales y los dos subsistemas de la Formación
Profesional, la Formación Profesional del Sistema Educativo, competencia
del Ministerio de Educación, y la Formación Profesional para el Empleo,
competencia del Ministerio de Trabajo y cuyas titulaciones son los
Certificados de Profesionalidad. La Formación Profesional para el Empleo
cuenta con su propia financiación. En 2011, se destinaron por la
Fundación Tripartita, a la bonificación de la formación de las empresas y
a las subvenciones a los agentes sociales, más de 1.500 millones de
euros para formar a 3,5 millones de trabajadores.
3. Los posibles alumnos de los Certificados de Profesionalidad.
Los Certificados de Profesionalidad están dirigidos a los trabajadores
que no tienen la cualificación necesaria para el desarrollo de una
ocupación, entre ellos, los trabajadores de los contratos de formación y
aprendizaje, los trabajadores en activo que pueden financiar la
formación con la bonificación de la Fundación Tripartita, los
desempleados por medio de la formación subvencionada.
4. Relación con los contratos de formación y aprendizaje. El
contrato para la formación y el aprendizaje, con su nueva regulación en
el Real Decreto 189/2013, puede suponer una eficaz contribución a la
integración laboral de los jóvenes, con una retribución regulada, de
una duración mínima de un año y prorrogable a tres, siendo obligatorio
dedicar un 25 por ciento del tiempo del contrato a formación durante el
primer año y un 15 por ciento los dos años siguientes. La formación
tiene que ser obligatoriamente en el Certificado de Profesionalidad que
más se adapte a la ocupación desempeñada, lo que lo convierte en un
modelo dual de formación.
5. La bonificación de la formación de los trabajadores en activo.
Los trabajadores en activo pueden cursar los Certificados de
Profesionalidad sin coste para las empresas, por medio de la
bonificación de la Fundación Tripartita.
La Ley Orgánica 5/2002 de las Cualificaciones y de la Formación
Profesional ya señalaba que la oferta de la Formación Profesional para
el Empleo, "estará constituida por la formación dirigida a la obtención
de los Certificados de Profesionalidad".
6. Adaptación a los distintos niveles de cualificación de los trabajadores.
Los Certificados de Profesionalidad están ordenados en tres niveles, el
nivel 1 se corresponde a la formación más básica de una ocupación, y
los niveles 2 y 3 se corresponden con la formación de Especialista o de
Técnico Superior. Los niveles 2 y 3 son los más adecuados para los
trabajadores en activo con años de experiencia laboral, pero sin
titulación. La experiencia laboral puede ser reconocida por medio del
Real Decreto 1224/2009, de 17 de julio, para acreditar competencias de
los Certificados.
7. La duración de los Certificados de Profesionalidad. La
duración varía, dependiendo de las ocupaciones, puede ser de entre 300 y
800 horas; pero la formación está organizada por un sistema de
itinerarios modulares de una duración de entre 30 y 90 horas. Los
Módulos Formativos se pueden certificar de forma independiente. Los
trabajadores pueden obtener un Certificado de Profesionalidad a su
ritmo, incluso en varios años.
8. Evaluación y titulación de los Certificados de Profesionalidad.
Al terminar la formación, se tiene que realizar un examen presencial en
el Centro de Formación que la haya impartido, que puede ser supervisado
por la autoridad administrativa. El Centro de Formación comunica al
Ministerio de Trabajo las personas que hayan tenido una evaluación
positiva, y este emite la titulación.Los Certificados de
Profesionalidad, por su carácter oficial, tienen su correspondencia con
los títulos de la Formación Profesional del Sistema Educativo; lo que
permite continuar la formación para obtener el título de Formación
Profesional, cursando los módulos no realizados.
9. Relación con la Formación Profesional del Sistema Educativo.
Los Certificados y los Títulos de FP tienen como tronco común el
Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, donde se señalan las
correspondencias de cada titulación. Cuando un alumno obtiene un
Certificado, solo tiene que consultar la titulación de FP
correspondiente y ver qué módulos formativos tiene que completar. La
información ya está disponible en el Portal Todo FP.
10. Valoración de Bureau Veritas. Bureau Veritas es líder en
Certificación de empresas en todo el mundo, colabora con las empresas en
la adquisición de competencias para el trabajo y lleva más de 12 años
impartiendo formación en modalidad eLearning. Por ello, acaba de poner
en marcha una nueva marca, Bureau Veritas Centro de Certificados de
Profesionalidad (www.certificacionesprofesionales.es), con la que se ha
propuesto ser referente en la formación de los Certificados de
Profesionalidad, y que los alumnos obtengan un alto nivel de éxito en
sus exámenes. En este sentido, desde Bureau Veritas "se hace una
valoración muy positiva, ya que por una parte la modalidad eLearning
supone una posibilidad de acceso a la formación para muchos desempleados
y trabajadores". A la vez que se hace hincapié en garantizar la
"calidad de la formación, dando especial importancia a la evaluación que
tiene que ser presencial y supervisada por la administración laboral
para garantizar que se obtienen las competencias adecuadas para la
expedición de la Certificación".
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